domingo, 4 de abril de 2010

TRABAJO SEGURO EN ALTURAS

A través de la Resolución 3673 de 2008 del Ministerio de Protección Social se creó un Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas. Mediante dicha norma, se tiene por objeto establecer el reglamento técnico para trabajo seguro en alturas y aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de caídas.

Pues el artículo 348 del Código Laboral establece claramente que los empleadores son responsables de la salud ocupacional de sus trabajadores y de proveerles condiciones seguras de trabajo. De tal manera que tanto la Resolución 3673 de 2008, como la Circular 070 de 2009, establecen parámetros de obligatorio cumplimiento.

Labores que se deben sujetar a las normas sobre alturas

Es considerado cómo trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior. Esto significaría que toda labor sobre escaleras móviles, andamios, postes o cualquier estructura o colgado a cuerdas o amarres que el trabajador esté a más de un metro y medio de altura del suelo o el piso más cercano, es considerado cómo labor en alturas.

De tal manera que en aquellas oficinas en que se ponen a la persona de servicios varios o de aseo, a labores cómo la limpieza de ventanas externas, el cambio de luminarias, pozos, la instalación de adornos navideños, etc., que signifique que deba estar a mas de 1.5 metros de altura al suelo más próximo, tiene que contar con una capacitación especial y Certificado para el trabajo en alturas.

Competencias

Controlar los riesgos de trabajo en altura, de acuerdo a la tarea a realizar y actividad económicaOrientar procesos formativos presenciales con base en los planes de formación concertados.

Elementos de competencia a desarrollar

*Realizar actividades generales de control de riesgos de trabajo en altura según tarea a realizar y actividad económica

*Aplicar medidas preventivas para los riesgos del trabajo en altura, de acuerdo con legislación aplicable vigente

*Aplicar medidas de protección para los riesgos del trabajo en altura, de acuerdo con legislación aplicable vigente

*Planear procesos formativos en la modalidad presencial de acuerdo con el plan de estudios, las características del estudiante y los lineamientosInstitucionales.

Estrategia metodologica

Centrada en la construcción de autonomía para garantizar la calidad de la formación en el marco de la formación por competencias, el aprendizaje porProyectos y el uso de técnicas didácticas activas que estimulan el pensamiento para la resolución de problemas simulados y reales; soportadas en elUtilización de las tecnologías de la información y laComunicación, integradas, en ambientes abiertos y pluritecnológicos, que en todo caso recrean el contexto productivo y vinculan al aprendiz con la realidad cotidiana y el desarrollo de las competencias.Igualmente, debe estimular de manera permanente la autocrítica y la reflexión del aprendiz sobre el que hacer y los resultados de aprendizaje que logra a través de la vinculación activa de las cuatro fuentesDe información para la construcción de conocimiento:

-El instructor

- Tutor

-El entorno

-Las TIC

-El trabajo colaborativo

Resultado del aprendizaje

· Interpretar la norma técnica en identificación de peligros y riesgos

· Aplicar los procedimientos establecidos por las empresas de acuerdo con la normatividad y legislación

· Implementar el programa de protección contra caídas

· Realizar la señalización y demarcación las áreas de trabajo

· Aplicar los principios básicos de rescate y autorescate

· Planear procesos de formación complementaria· Ajustar estrategias metodológicas y resultados de aprendizaje según ambiente educativo y tecnología.

· Evaluar procesos de formación complementaria, conservando registros.

Conocimientos de conceptos y principios

· Riesgo: Definición, identificación, clasificación, valoración, medidas de control, verificaciónde controles

· Peligro: Definición, identificación

· Tipos de riesgos asociados al trabajo en altura, según normatividad vigente

· Requisitos y objetivos para Inspección planeada de áreas de trabajo en alturas conforme a normas vigentesReglamento técnico para trabajo seguro en alturas según normatividad vigente

· Conceptos de responsabilidad civil, penal, administrativa y social· Procedimientos de trabajo en altura, según tipo de trabajo.

· Marco conceptual sobre prevención y protección contra caídas en trabajo en alturas.

· Medidas de prevención y protección contra caídas: sistemas de ingeniería, medidas colectivas e individuales de prevención.

· Aspectos técnicos de la protección contra caídas.

· Procedimientos para manipular y almacenar equipos (Sistemas y subsistemas deProtección contra caídas) y EPP .

· Realizar la señalización y demarcación de las áreas de trabajo: delimitación del área,· señalización del área.

· Principios básicos de rescate y auto rescate.

· Equipo: Definición, clases· Técnicas de instalación.

· Primeros auxilios: Definición, principios generales, valoración del lesionado,Inmovilizaciones, aspectos principales de la organización de los primeros auxilios en lasEmpresas, material de primeros auxilios.

· Bases conceptuales de la planeación educativa· Modelos pedagógicos: tipos, concepto, características, estrategias.

· Conceptos básicos de pedagogía y didáctica, estrategias metodológicas, técnicas e instrumentos de evaluación., recursos didácticos, ambientes de aprendizaje

¿Quién debe capacitar y certificar al trabajador para labores en altura?


Todo lo correspondiente a capacitación, asesoría, consultoría, asistencia y en general, lo referente al trabajo en alturas, sólo podrá ser contratado, otorgado y dado por personal con licencia en salud ocupacional vigente y el título de entrenador para trabajo seguro en alturas expedido por el SENA.

Si la empresa permite que la capacitación de sus trabajadores no sea por persona con las características descritas anteriormente, la empresa será sancionada por la Dirección Territorial del Ministerio de Protección.

¿Quién paga los costos de dicha capacitación?

El empleador. No sólo porque así lo establece la Resolución 3673 de 2008 al igual que la Circular 070 de 2009 en su numeral 1, literal c., sino que todo lo correspondiente a capacitación en especial referente a salud ocupacional, siempre está a cargo del empleador.

Obligaciones adicionales de los empleadores

No sólo debe capacitar al trabajador que va a ejecutar labores en alturas, sino que además, debe hacerle entrega de un sinnúmero de elementos de seguridad, cómo cascos con correas, botas, guantes, equipos de comunicación y demás elementos que cumplan con los requisitos técnicos que establece la Resolución 3673 de 2008. Asimismo, deben contar con una brigada de emergencia, más otras condiciones.

Las ARP y el trabajo en alturas

Las ARP, no pueden ni reemplazar ni desplazar la certificación en competencias para trabajo en alturas emitida o autorizada por el SENA o los instructores capacitados por ésta, de tal manera que sólo pueden prestar asesoría en capacitación y aplicación sobre las normas de trabajo en alturas. Por ello, las constancias de capacitación que expidan las ARP por cursos que dicten sobre la materia, no sirve como certificación en el Trabajo en Alturas.

Recuerde: Si en su empresa se deben ejecutar labores que representen un riesgo de caídas en alturas, busque inmediatamente asesoría del SENA, de su ARP o de expertos con certificación del SENA para que inicie un programa de capacitación y certificación de sus trabajares, recuerde que no sólo está evitando cuantiosas multas, sino también un grave accidente.

Normas sobre Trabajo en Alturas